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Last updated: 13 junio 2025
En este artículo te explicamos todo lo que necesitas saber sobre las horas complementarias: cómo funcionan, qué dice la ley y cómo gestionarlas correctamente en tu empresa sin caer en errores comunes.
¿Qué son las horas complementarias?
Las horas complementarias son horas de trabajo adicionales que un empleado con contrato a tiempo parcial puede realizar más allá de su jornada habitual, siempre que se cumplan ciertas condiciones legales.
⚠️ Importante: Solo se aplican a contratos a tiempo parcial en España y deben estar previamente pactadas por escrito (ya sea en el contrato inicial o en un acuerdo posterior).
¿Para qué sirven las horas complementarias?
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Para dar flexibilidad a las empresas ante picos de actividad.
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Para que los empleados aumenten sus ingresos, sin necesidad de un contrato nuevo.
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Para evitar recurrir a horas extras ilegales en contratos a tiempo parcial.
✅ Requisitos clave
Requisito |
Detalles |
Tipo de contrato |
A tiempo parcial, de duración indefinida |
Jornada mínima |
10 horas semanales como mínimo en cómputo anual |
Acuerdo previo |
Sí, deben pactarse por escrito |
Límite general |
Hasta el 30% de la jornada ordinaria |
Límite por convenio |
Puede ampliarse hasta el 60% si lo establece el convenio colectivo |
Aviso al trabajador |
Mínimo 3 días de antelación para su ejecución |
Aunque suenen parecidas, no son lo mismo, ni en su aplicación ni en su tratamiento legal. Aquí tiene una comparativa clara: Horas extras vs. Horas complementarias
Característica |
Horas Extras |
Horas Complementarias |
Tipo de contrato |
A tiempo completo |
A tiempo parcial |
¿Necesitan pacto previo? |
No obligatorio (aunque recomendable) |
Sí, obligatorio y por escrito |
Remuneración |
Mayor que la hora ordinaria (recargo legal) |
Igual que la hora ordinaria |
¿Se pueden rechazar? |
No, salvo justificación |
Sí, si son voluntarias y no pactadas |
Límite legal |
80 al año (salvo fuerza mayor) |
30% (hasta 60% por convenio colectivo) |
Regulación |
Estatuto de los Trabajadores, art. 35 |
Estatuto de los Trabajadores, art. 12.5 |
¿Qué dice el Estatuto de los Trabajadores sobre las horas complementarias?
El Artículo 12.5 del Estatuto de los Trabajadores (ET) regula de forma específica las horas complementarias. Este artículo establece las condiciones legales que deben cumplir tanto empresas como trabajadores cuando se trata de contratos a tiempo parcial.
⚠️ Ojo: Si no se cumple lo que marca el ET, las horas complementarias pueden considerarse horas extraordinarias encubiertas, lo que conlleva sanciones y recargos.
Principales puntos del Art. 12.5 del ET
Cláusula del ET |
¿Qué dice exactamente? |
Contratos a los que aplica |
Solo contratos a tiempo parcial de duración indefinida |
Acuerdo previo |
Las horas complementarias deben estar pactadas por escrito |
Límite general |
Máximo 30% de la jornada ordinaria |
Límite ampliado |
Hasta 60% si lo permite el convenio colectivo |
Jornada mínima |
Solo si el contrato contempla al menos 10 horas semanales en cómputo anual |
Horas complementarias voluntarias |
Se pueden pactar hasta un 15% de la jornada (30% por convenio), sin obligación de realizarlas |
Preaviso |
El trabajador debe conocer la programación con al menos 3 días de antelación |
Registro de jornada |
Las horas complementarias deben quedar registradas y documentadas |
Límites legales y consecuencias por incumplimiento
Aunque las horas complementarias pueden ser una herramienta útil para flexibilizar el trabajo parcial, están estrictamente reguladas por la ley. Ignorar estos límites puede tener consecuencias serias para la empresa.
Límites legales que no puedes pasar por alto
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30% del total de la jornada ordinaria: es el límite general de horas complementarias permitidas.
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60% si el convenio colectivo lo permite: esta ampliación debe estar recogida expresamente.
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Jornada mínima de 10 horas semanales: solo se pueden aplicar si el contrato parcial supera este umbral.
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Preaviso obligatorio: el trabajador debe conocer su horario complementario con al menos 3 días de antelación.
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Registro obligatorio: cada hora complementaria realizada debe quedar registrada y documentada durante 4 años.
⚠️ ¿Qué pasa si no cumples con la ley?
No respetar estos límites o realizar horas complementarias sin formalidades legales puede considerarse una infracción. Esto puede derivar en:
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Sanciones de la Inspección de Trabajo: por fraude en la contratación parcial o exceso de jornada.
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Horas no válidas: si no están pactadas o comunicadas correctamente, se pueden considerar nulas.
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Conversión del contrato a jornada completa: si el trabajador realiza habitualmente más horas de las pactadas, un juez puede considerarlo contrato en fraude.
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Reclamaciones salariales: el trabajador podría exigir el pago de las horas como horas extraordinarias, con recargo.
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Daño reputacional y conflictos laborales: especialmente si no hay transparencia o documentación.
💡 Consejo práctico: Lleva un registro digital claro, automatiza el control horario y asegúrate de que toda ampliación de jornada esté respaldada legalmente.
¿Quién puede hacer horas complementarias?
Solo algunos empleados pueden realizar horas complementarias, y deben cumplirse condiciones muy específicas. Esta es una de las dudas más comunes entre responsables de RRHH y empresarios.
Requisitos para que un trabajador pueda hacer horas complementarias
Requisito |
¿Es obligatorio? |
Detalle clave |
Contrato a tiempo parcial |
✅ Sí |
No se permiten en contratos a jornada completa |
Duración del contrato: indefinido |
✅ Sí |
No se pueden aplicar en contratos temporales |
Jornada mínima de 10 h semanales (anuales) |
✅ Sí |
Aplicable solo si el promedio semanal supera ese umbral |
Acuerdo por escrito entre empresa y trabajador |
✅ Sí |
Puede hacerse en el contrato inicial o en documento adicional |
Información previa sobre horario complementario |
✅ Sí |
El trabajador debe recibir el aviso con mínimo 3 días de antelación |
¿Cómo se pactan y notifican las horas complementarias?
Este paso es clave para que el uso de horas complementarias sea legal, justo y transparente.
¿Cómo se pactan?
¿Cómo se notifican?
¿Cómo se pagan las horas complementarias?
Las horas complementarias se pagan igual que cualquier otra hora ordinaria, salvo que un convenio colectivo indique lo contrario.
No llevan recargo (como las horas extras), pero sí deben estar retribuidas y cotizadas como parte del salario total.
Puntos clave sobre la retribución
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Se abonan al mismo valor que la hora ordinaria del contrato.
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Deben incluirse en la base de cotización a la Seguridad Social.
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Computan para calcular pagas extras, vacaciones, indemnizaciones, etc.
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El convenio colectivo puede mejorar el valor de la hora complementaria, pero nunca reducirlo.
¿Cómo aparecen las horas complementarias en la nómina?
Toda hora complementaria realizada debe reflejarse claramente en la nómina del trabajador. No hacerlo puede ser sancionable.
¿Qué debe indicar la nómina?
Elemento |
Detalle |
Concepto específico |
Debe aparecer como “horas complementarias”, nunca mezcladas con las ordinarias |
Número de horas |
Total de horas realizadas ese mes |
Importe total |
Valor bruto abonado por esas horas |
Cotización y retenciones |
Aplican como a cualquier otra hora ordinaria (IRPF, Seguridad Social, etc.) |
Recomendación extra:
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