Permiso por matrimonio
Quien se casa o registra una pareja de hecho tiene 15 días naturales de permiso retribuido. Cuándo empiezan a contar, si se aplazan y qué pasa con la boda de un familiar.
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El permiso por matrimonio son 15 días naturales de ausencia retribuida para quien se casa o registra una pareja de hecho. Lo reconoce el artículo 37.3.a del Estatuto de los Trabajadores: el trabajador avisa antes, justifica la boda o el registro y cobra su salario completo, que paga la empresa. El convenio colectivo puede dar más días, pero no menos.
Aspecto | Lo que dice la ley |
Duración | 15 días naturales |
A quién se aplica | A quien contrae matrimonio o registra una pareja de hecho |
Salario | Completo, a cargo de la empresa |
Requisitos | Aviso previo y justificación |
Norma | Artículo 37.3.a del Estatuto de los Trabajadores |
Cuántos días son y cuándo empiezan a contar
Son 15 días naturales, así que los sábados, los domingos y los festivos que caigan dentro también cuentan. La diferencia entre días naturales, hábiles y laborables importa sobre todo para saber cuándo empieza el permiso.
El Tribunal Supremo resolvió en marzo de 2020, sobre el convenio estatal de empresas de trabajo temporal, que si la boda cae en un día que no es laborable para el trabajador, el permiso empieza el primer día laborable siguiente. Una vez empezado, los 15 días corren seguidos, también los fines de semana. La sentencia interpreta un convenio con una redacción parecida a la del Estatuto, así que conviene comprobar lo que dice el tuyo.
Un ejemplo con fechas: una administrativa que trabaja de lunes a viernes se casa el sábado 12 de junio de 2027. Su permiso empieza el lunes 14 y termina el lunes 28 de junio, y vuelve al trabajo el martes 29. Un camarero que libra lunes y martes y se casa ese mismo sábado está en otro caso: para él el sábado es laborable, así que el permiso empieza el mismo día de la boda y termina el sábado 26 de junio.
Matrimonio y pareja de hecho
Desde la reforma del Real Decreto-ley 5/2023, el permiso vale igual para el matrimonio que para el registro de una pareja de hecho. El Estatuto no pone un límite de veces, así que cada boda o registro con una persona distinta genera un permiso nuevo.
Lo que el Estatuto no aclara es si casarse con la misma persona con la que ya se registró la pareja de hecho da derecho a un segundo permiso. Ahí manda el convenio colectivo y, si no dice nada, lo que se acuerde con la empresa.
¿Se puede aplazar el permiso por matrimonio?
El Estatuto no prevé aplazarlo: el permiso está ligado a la boda, y lo único que la doctrina del Supremo desplaza es el primer día cuando la boda cae en un día no laborable. Disfrutarlo meses después, por ejemplo para un viaje de novios en otra época, solo es posible si el convenio lo permite o si la empresa lo acepta.
Lo que sí es habitual es unirlo a las vacaciones. Las fechas de las vacaciones se fijan de común acuerdo entre la empresa y el trabajador (artículo 38.2 del Estatuto), así que pedir las vacaciones justo detrás de los 15 días de permiso es una solicitud como otra cualquiera.
Permiso por la boda de un familiar
El Estatuto de los Trabajadores no reconoce ningún permiso por la boda de un hijo, un hermano o un padre: el artículo 37.3 solo cubre el matrimonio propio. Algunos convenios colectivos sí dan uno o más días por la boda de un familiar. Si el tuyo no lo prevé, ese día se pide como vacaciones o se acuerda con la empresa.
A tiempo parcial y en la Administración
Una persona con contrato a tiempo parcial tiene los mismos 15 días naturales que una a jornada completa. El artículo 12.4.d del Estatuto le reconoce los mismos derechos que a la plantilla a tiempo completo, y este permiso se fija en días de calendario, no en horas. Durante esos días cobra lo mismo que cobraría trabajando, es decir, su salario a tiempo parcial.
El personal de las administraciones públicas se rige por otra norma. El artículo 48.l del Estatuto Básico del Empleado Público da quince días por matrimonio o por registro o constitución de una pareja de hecho formalizada en documento público, y cada administración lo concreta en su propio manual de permisos. Esta página trata el permiso de quienes trabajan en una empresa privada, que regula el Estatuto de los Trabajadores.
Cómo se pide y qué justificante sirve
Para pedirlo basta con avisar antes y justificarlo (artículo 37.3); la ley no fija un plazo. El convenio puede concretarlo; si no lo hace, avisar con varias semanas de antelación deja tiempo para reorganizar los turnos, y es lo razonable cuando la fecha de la boda se conoce con meses.
Como justificante sirve el certificado de matrimonio, el libro de familia o el certificado de inscripción en el registro de parejas de hecho. Es normal entregarlo al volver, porque el documento no existe hasta después de la boda. Si el trabajador avisa y lo justifica, la empresa no puede negarle el permiso.
Quién paga el permiso por matrimonio
Lo paga la empresa, porque el artículo 37.3 habla de ausentarse con derecho a remuneración: el trabajador cobra su salario normal esos 15 días y la empresa sigue cotizando por él a la Seguridad Social como un mes cualquiera. Encaja con el resto de permisos retribuidos del artículo 37, como el de mudanza o el de fallecimiento de un familiar.
Cómo encaja en el cuadrante
Para quien organiza turnos, 15 días seguidos de ausencia de una persona pesan más que un día suelto, sobre todo en un restaurante o una tienda con poca plantilla. La ventaja es que casi siempre se sabe con meses de antelación: basta con marcar el permiso en el calendario en cuanto llega el aviso y planificar las semanas afectadas antes de publicar el cuadrante.
En Shiftbase, el permiso se registra como una ausencia en el mismo cuadrante que los turnos, con el tipo de ausencia que crees para él. Al aprobarlo decides si el turno sigue asignado o se abre para que otra persona del equipo lo coja. Las solicitudes pendientes aparecen en una sola vista del gestor de vacaciones y ausencias, con su efecto en el cuadrante al lado. En la exportación para la nómina salen tus propios tipos de ausencia, así la gestoría ve qué días fueron permiso retribuido.
Preguntas frecuentes
Por matrimonio o registro de pareja de hecho corresponden 15 días naturales de permiso retribuido, según el artículo 37.3.a del Estatuto de los Trabajadores. Los fines de semana y festivos que caen dentro cuentan, y el convenio colectivo puede dar más días, nunca menos.
Los 15 días de permiso por matrimonio empiezan el día de la boda si es laborable para el trabajador. Si la boda cae en un día libre, como un sábado para quien trabaja de lunes a viernes, empiezan el primer día laborable siguiente, según el Tribunal Supremo en marzo de 2020, y desde ahí corren seguidos.
El Estatuto de los Trabajadores no prevé aplazar el permiso por matrimonio, porque está ligado a la fecha de la boda. Solo se puede disfrutar más tarde si el convenio colectivo lo permite o si la empresa lo acepta. Unirlo a las vacaciones sí es posible si la empresa aprueba esas fechas.
El permiso por matrimonio no tiene un límite de veces en el Estatuto de los Trabajadores: cada boda o registro de pareja de hecho con una persona distinta da derecho a 15 días nuevos. Si alguien registra una pareja de hecho y después se casa con la misma persona, lo que vale es lo que diga el convenio.
El Estatuto de los Trabajadores no da permiso por la boda de un hijo, un hermano u otro familiar; solo cubre el matrimonio propio. Algunos convenios colectivos sí lo incluyen. Si el convenio no dice nada, el día se pide como vacaciones.
El permiso por matrimonio lo paga la empresa: el trabajador cobra su salario normal durante los 15 días, como establece el artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores, y la empresa sigue cotizando por él a la Seguridad Social.
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