La baja médica es la situación en la que un trabajador queda exento de acudir a su puesto de trabajo por motivos de salud, con derecho a prestación económica reconocida por la Seguridad Social.
¿Qué es la baja médica?
La baja médica, también denominada incapacidad temporal (IT), es la situación legal en la que un trabajador no puede desempeñar su actividad laboral por causa de una enfermedad o accidente. Durante este periodo, el trabajador mantiene su vínculo contractual con la empresa y tiene derecho a percibir una prestación económica a cargo de la Seguridad Social o de la mutua colaboradora, según el tipo de contingencia.
La incapacidad temporal está regulada en el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
¿Cuáles son los tipos de baja médica?
En España existen cuatro tipos de baja médica según el origen de la incapacidad. Cada tipo implica una cobertura, un responsable de pago y un procedimiento de gestión diferente.
Baja por enfermedad común
Cuando el trabajador no puede trabajar por una dolencia que no está relacionada con su actividad laboral: gripe, lumbalgia, ansiedad, infección, o cualquier otra enfermedad de origen personal.
El parte de baja lo expide el médico de atención primaria del Servicio Público de Salud. Es el tipo más frecuente en hospitales, hoteles, comercios y empresas de servicios.
Baja por accidente no laboral
Se produce cuando la causa de la incapacidad es un accidente ocurrido fuera del entorno laboral: una caída en casa, una lesión deportiva o un accidente de tráfico fuera del horario de trabajo.
La tramita igualmente el médico de cabecera. Las contingencias comunes (enfermedad común y accidente no laboral) comparten tabla de prestaciones y procedimiento.
Baja por accidente laboral
Ocurre cuando la incapacidad está directamente vinculada con el desempeño del trabajo: una caída en el almacén, una lesión operando maquinaria, un golpe durante la jornada laboral.
La gestiona la mutua colaboradora con la Seguridad Social. La empresa tiene la obligación de comunicarlo a la mutua y cumplimentar el parte de accidente de trabajo ante el INSS. En el sector de la hostelería y la logística, este tipo de baja es especialmente relevante por el riesgo físico asociado a las tareas.
Baja por enfermedad profesional
Se trata de una enfermedad causada directamente por las condiciones del trabajo o la exposición prolongada a determinados agentes: problemas respiratorios por inhalación de productos químicos, hipoacusia por ruido continuo, o trastornos musculoesqueléticos por movimientos repetitivos.
Para que se reconozca como enfermedad profesional, debe estar recogida en el listado oficial del Real Decreto 1299/2006. La prevención es responsabilidad del empleador, que debe garantizar las condiciones de seguridad en el puesto de trabajo.
¿Cuánto se cobra durante la baja médica?
La prestación económica durante la baja médica depende del tipo de contingencia y de los días transcurridos. La base sobre la que se calcula es la base reguladora, que se determina a partir de las cotizaciones del trabajador a la Seguridad Social.
| Tipo de baja | Días de baja | Cuantía | Quién paga |
|---|---|---|---|
| Contingencias comunes (enfermedad o accidente no laboral) | Días 1–3 | Sin prestación (salvo mejora por convenio) | — |
| Días 4–15 | 60% de la base reguladora | Empresa | |
| Días 16–20 | 60% de la base reguladora | Seguridad Social | |
| Desde el día 21 | 75% de la base reguladora | Seguridad Social | |
| Contingencias profesionales (accidente laboral o enfermedad profesional) | Desde el día 1 | 75% de la base reguladora | Mutua colaboradora o Seguridad Social |
Nota: Si el convenio colectivo aplicable mejora estas condiciones, el trabajador puede recibir una cantidad superior al mínimo legal. El departamento de recursos humanos debe verificar las condiciones específicas del convenio del sector.
¿Cuánto tiempo puede durar una baja médica en España?
La duración de la baja médica por incapacidad temporal tiene los siguientes límites legales:
- Máximo ordinario: 365 días, prorrogables 180 días más cuando se presuma que el trabajador puede recuperarse en ese plazo.
- Duración total máxima: 545 días desde la fecha del parte de baja.
- Revisión obligatoria: A los 365 días, el INSS asume el control de la situación y puede prorrogar la IT, emitir el alta médica o iniciar el procedimiento de incapacidad permanente.
Pasado este periodo sin recuperación, el trabajador puede solicitar el reconocimiento de una incapacidad permanente ante el INSS, con las implicaciones económicas y laborales que ello conlleva.
¿Qué es una recaída en la baja médica?
Se considera recaída cuando un trabajador, tras recibir el alta médica, vuelve a causar baja por la misma enfermedad o patología dentro de los 180 días naturales siguientes. En ese caso, la nueva baja se considera continuación de la anterior, lo que puede afectar al cómputo de días y al importe de la prestación. Más información: baja por recaída.
¿Cómo funciona el parte de baja médica?
El parte de baja es el documento oficial que acredita la situación de incapacidad temporal del trabajador. Desde la reforma de 2023, el procedimiento es íntegramente digital:
- El médico del Servicio Público de Salud o de la mutua emite el parte de baja, confirmación o alta de forma telemática.
- El parte llega directamente al Sistema RED de la Seguridad Social, al que la empresa tiene acceso.
- El trabajador ya no está obligado a entregar el parte en papel a la empresa. Recibe una copia informativa para su propio registro.
Existen tres tipos de partes:
- Parte de baja: al inicio de la incapacidad temporal.
- Partes de confirmación: periódicos mientras dure la baja (semanales, quincenales o mensuales según el diagnóstico).
- Parte de alta médica: cuando el trabajador está en condiciones de reincorporarse al puesto de trabajo.
Obligaciones de la empresa durante la baja médica
Cuando un trabajador causa baja médica, la empresa tiene obligaciones concretas que debe cumplir para evitar sanciones:
En los primeros días:
- Registrar la ausencia en el sistema de recursos humanos y notificar al responsable de turno.
- En caso de accidente laboral o enfermedad profesional, comunicarlo a la mutua colaboradora sin demora.
Durante la baja:
- Gestionar el pago delegado cuando corresponde: la empresa adelanta la prestación al trabajador y posteriormente la recupera de la Seguridad Social.
- Abonar directamente los días 4 al 15 en el caso de contingencias comunes.
- Conservar toda la documentación asociada.
En la reincorporación:
- Recibir el parte de alta médica (vía telemática desde 2023).
- Evaluar si el trabajador necesita adaptación temporal del puesto o reducción de jornada laboral por prescripción médica.
- Actualizar la planificación de turnos para integrar el regreso sin sobrecarga del equipo.
En empresas con turnos (hostelería, comercio, logística) la gestión de la reincorporación tiene un impacto directo en la cobertura operativa. Detectar el gap desde que se produce la baja hasta que se cubre el turno es una tarea que, sin un sistema centralizado, genera errores y sobrecargas.
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Preguntas frecuentes
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No. La empresa no tiene derecho a exigir información sobre el diagnóstico o los detalles del historial médico del trabajador. Solo puede verificar la existencia de la baja a través del parte oficial recibido telemáticamente desde el INSS. El médico de atención primaria o la mutua no comparten información clínica con el empleador.
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Si se acredita que el trabajador realiza una actividad incompatible con su incapacidad, la Seguridad Social puede suspender la prestación e iniciar un procedimiento sancionador. La empresa también puede tomar medidas disciplinarias conforme al Estatuto de los Trabajadores.
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El despido durante la baja médica no está prohibido por ley, pero está sujeto a límites. Si el despido está causalmente vinculado a la enfermedad, puede considerarse nulo por discriminación. El despido disciplinario o por causas objetivas puede ejecutarse, aunque es recomendable contar con asesoramiento jurídico antes de actuar.
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La base reguladora se obtiene dividiendo la suma de las bases de cotización del trabajador en los últimos 12 meses entre 365. Para contingencias profesionales, se toma la base del mes anterior a la baja. Más información: base reguladora de nómina.
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La baja médica o incapacidad temporal es una situación transitoria: el trabajador se recupera y vuelve a su puesto. La incapacidad permanente se reconoce cuando la limitación es definitiva y el trabajador no puede reincorporarse a su actividad habitual. Se tramita ante el INSS una vez agotado el periodo máximo de IT (545 días).

